Foto: Diego Valdovinos @dietheeer

El derecho penal y sus instituciones al servicio de la represión estatal

Por Karina Riquelme Viveros, abogada Defensora de Derechos Humanos @Ka_Riquelme_  

Cuando hablamos de presos políticos en Chile, quienes están en contacto con la realidad que acontece con el Pueblo Mapuche podrían enumerar a cientos de ellos que han pasado por las cárceles que se encuentran al sur del Bio Bio, en Wallmapu[1].  Del mismo modo, se nos viene a la memoria la nefasta historia de la dictadura chilena, que mantuvo a miles de presos por razones políticas, muchos de los cuales fueron torturados y/o desaparecidos.

Nuestro sistema jurídico investiga la comisión de delitos a través del Ministerio Publico un organismo autónomo que tiene como orden constitucional realizarlo de manera objetiva a través de los fiscales. El poder judicial compuesto por jueces de garantía, Tribunal Oral en lo penal, Corte de Apelaciones y Corte Suprema, tiene como función -en el ámbito criminal- aplicar la normativa penal vigente, la que es modificada solo con la aprobación del Congreso, cuerpo colegiado compuesto por diputados y senadores “elegidos por la ciudadanía”, no obstante lo cual -y en la práctica- en su actuar se alejan por mucho de las realidades sociales de la gente. Estas tres instituciones mucho tienen que decir en lo que podemos denominar la “Criminalización de la Protesta Social”.

Durante las manifestaciones sociales de Octubre de 2019, el gobierno impulsó un conjunto de leyes con el objetivo de reformar el código penal, a fin de castigar a quienes se manifestaran, imponiendo altas penas a actos que -según la clase política- serían de gravedad para ser incorporados en el código penal todo esto y con la finalidad de amedrentar a quienes se movilizaban y se defendían ante la brutal represión estatal.  Estas leyes fueron aprobadas por el congreso, y hoy son utilizadas por la fiscalía y el poder judicial en las numerosas causas que se tramitan en contra de una multiplicidad de manifestantes, teniendo a casi un año del estallido social chilenos privados de libertad.

Foto: Diego Valdovinos @dietheeer

En este contexto, la objetividad con la cual debe investigar la fiscalía es de suyo relevante, por el poder que su labor conlleva, por lo cual cualquier relación que establezca con la política de gobierno en torno a reprimir manifestaciones sociales, nos pone en grave peligro. Igualmente, el Poder Judicial debe decidir numerosas medidas cautelares y aplicar la normativa vigente la que debe si o si ser observada bajo el prisma del contexto social del país que habitamos, y donde sus decisiones respecto de las numerosas causas afectaran a muchas familias que se han movilizado por un país más justo.

En este contexto de criminalización, más de 2.000 personas han sido procesadas y privadas de libertad, con pruebas que son, en su mayoría, obtenidas por funcionarios de Carabineros de Chile, institucionalidad altamente cuestionada, tanto judicial como políticamente.

Hace pocas semanas, se formalizó en menos de 24 horas de ocurrido el hecho a un cabo de carabineros por su responsabilidad en el homicidio frustrado de un menor de 16 años, a quien empujó desde la altura de un puente hacia el rio Mapocho. La rapidez y efectividad de parte de la fiscalía, que logró dejar al Carabinero en prisión preventiva, constituye un acto inédito, razón por la cual la fiscal a cargo[2] ha sido hostigada y amenazada de muerte.

Ministerio Público y Poder Judicial deberán decidir si van a proteger y respetar a la ciudadanía chilena que se manifiesta, o seguirá encarcelando a quienes lo hacen, una decisión que definitivamente cambiará la historia a un año del inicio de la revuelta.


[1] Territorio Mapuche al Sur de Chile, que fue demarcado por el Parlamento de Tapihue del año 1825 con el Estado Chileno.

[2] Ximena Chong,  fiscal que investiga a carabineros por arrojar a joven al río Mapocho con fecha 2 de Octubre del año 2020.